Autor original: Fausto Rêgo
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La violencia de género, definida en la Convención para Eliminar todo Tipo de Discriminación Contra las Mujeres (CEDAW) como “la violencia dirigida contra la mujer porque es mujer o porque la afecta en forma desproporcionada” es uno de los problemas de desarrollo y derechos humanos más graves que enfrentan los países de América Latina y el Caribe. Durante las dos últimas décadas, como resultado de las demandas del movimiento de mujeres, se han creado progresivamente un conjunto de instrumentos de políticas internacionales y nacionales que intentan prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia de género, incluyendo la violencia intrafamiliar contra las mujeres. En la Conferencia Mundial de los Derechos Humanos (Viena, 1993), en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1994), y en la Conferencia Internacional de Población y el Desarrollo (Cairo, 1994), se establecieron medidas para enfrentar el problema.
El marco legal establecido primero por la CEDAW en 1979 y después, con criterios mucho más específicos, por la Convención Interamericana sobre la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres (Belém do Pará, 1994), obliga a los gobiernos a implementar y dar seguimiento a leyes y políticas para sancionar la violencia contra las mujeres. Actualmente la mayoría de los países de la Región han ratificado las dos convenciones y cuentan con leyes sobre la violencia intrafamiliar/doméstica; algunas de las cuales hacen énfasis sobre la violencia contra la mujer.
A pesar de estos avances en el diseño de políticas se han enfrentado limitaciones en relación con los contenidos y la implementación de las leyes. Por ejemplo, algunas legislaciones no tipifican determinados delitos como la violación conyugal, la violencia sexual en el hogar, ni el acoso sexual.
Asimismo, las sobrevivientes enfrentan serios problemas de acceso a la justicia debido a la cobertura de la protección que se les ofrece, la falta de patrocinio jurídico gratuito, y limitados servicios especializados con asesoramiento psicológico, médico y legal para las sobrevivientes. Por otro lado, aunque la mediación o conciliación de casos de violencia intrafamiliar no es recomendada por las posturas legislativas y doctrinarias más modernas del derecho comparado ésta constituye uno de los medios más extendidos en la administración de justicia. La clave de una mediación exitosa es la participación voluntaria y la igualdad, el equilibrio en la negociación, y la confianza de los participantes en llegar a un acuerdo justo. Esta igualdad de poder no se presenta en aquellas parejas o familias afectadas por la violencia doméstica.
Frente a esta situación la Organización Panamericana de la Salud, en colaboración con la Comisión Interamericana de Mujeres, el Fondo de Población de las Naciones Unidas, el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer, el Comité Latinoamericano por los Derechos de la Mujer, el Ipas, Isis Internacional, el Grupo Parlamentario Interamericano y el Centro por los Derechos a la Salud Reproductiva organizó una reunión de expertas que tuvo lugar del 5 al 7 de agosto de 2003 para establecer los componentes clave de leyes y políticas sobre violencia de género. Como resultado de la reunión, e incluyendo de manera complementaria entrevistas a una muestra de las participantes y una revisión documental sobre el tema, se produjo el presente documento que intenta servir de referencia para diseñar, implementar, dar seguimiento y evaluar las leyes y políticas públicas sobre violencia intrafamiliar contra las mujeres. Esta propuesta está dirigida a legisladores, grupos de abogacía, instancias gubernamentales y redes de mujeres.
Dra. Elsa Gómez
Oficial Encargada
Unidad Género y Salud
OPS/OMS
* Este é o texto introdutório da publicação Modelos de Leyes y Políticas sobre Violencia Intrafamiliar contra las Mujeres, produzida pela Organização Pan-Americana de Saúde e disponível na íntegra na área de Downloads desta página, em espanhol.
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