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Carta de APC sobre Derechos en Internet

Autor original: Maria Eduarda Mattar

Seção original:

Preámbulo

"Junto con el desarrollo de nuevas tecnologías de información y comunicación (TIC), no sólo se han ampliado los horizontes de la comunicación sino que la importancia de la comunicación ha aumentado debido a los nuevos alcances que adquiere en diferentes áreas de coexistencia social. Nunca antes en la historia de la humanidad, se ha tenido a disposición semejante potencial de comunicación y sin embargo dicho potencial es sofocado por una tendencia creciente hacia el monopolio de las tecnologías mencionadas, propiciada por normas impuestas por la dictadura del mercado." (Extraído de una declaración de ALAI, Agencia Latinoamericana de Información, en preparación para el Foro Social Mundial, enero de 2001, Porto Alegre, Brasil).

Internet se ha convertido en una plataforma de comunicación poderosa y popular, especialmente porque en ella convergen medios de comunicación tradicionales y nuevas tecnologías de comunicación. Cada vez hay más gente que accede a Internet a pesar de la constante exclusión de comunidades marginales y de miles de personas en países en vías de desarrollo; por otra parte Internet se ve cada vez más, sujeta a la comercialización, al poder y al control corporativos.

Las nuevas tecnologías de comunicación son el vehículo de un proceso de globalización que suele exacerbar las desigualdades sociales y económicas entre países y dentro de los mismos; a la vez, dichas tecnologías -en manos de individuos y organizaciones que trabajan por la libertad y la justicia- pueden convertirse en herramientas que posibiliten la resistencia y favorezcan la movilización social y el desarrollo.

Con el fin de hacer más efectivo el rol de las TIC como herramientas de potenciación, APC orienta su trabajo a garantizar que los derechos de expresión, comunicación, asociación y protesta en Internet sean protegidos en la práctica, priorizados en las políticas nacionales, regionales e internacionales e implementados a través de la acción y de la concientización.

Acerca de este documento

La Asociación para el Progreso de las Comunicaciones considera los derechos humanos en Internet como una de sus tres áreas prioritarias de acción para el período 2000-2002. Esta Carta ha sido redactada por los socios y miembros de APC durante el Taller de APC sobre Derechos en Internet en Europa, llevado a cabo en Praga del 18 al 21 de febrero de 2001. Esta carta ha sido ampliada con los comentarios recogidos durante el taller "Garantizando la participación ciudadana en la era digital: Políticas Públicas y Derechos Internet en Latinoamérica y El Caribe -LAC-", llevado a cabo en Montevideo del 19 al 22 de noviembre de 2001.

Esta Carta se inspira y está relacionada con la "Carta de la Comunicación de los Pueblos" (People's Communications Charter www.pccwaag.org/pcc y con la declaración de "Movimiento Internacional por una Voz Popular en los Medios y Comunicaciones en el Siglo XXI" (A Global Movement for People's Voices in Media and Communication in the 21st Century www.comunica.org/v21/statement.htm Los temas y principios esbozados a continuación expresan el punto de vista de APC y sus objetivos respecto al derecho de los/las ciudadanos/as y de las organizaciones a utilizar Internet libremente, especialmente en su trabajo, a favor de la justicia social, económica y del medio ambiente. Si bien este documento hace referencia específica a Internet, estos principios son relevantes al conjunto de las tecnologías de información y comunicación.

El presente documento no es detallado. Intenta resaltar algunos de los temas específicos que el público en general, las organizaciones sociales, medios comunitarios y legisladores deben tener presente en su trabajo para proteger el derecho a la libre comunicación vía Internet y tomar conciencia del potencial de la misma en la conformación de un mundo mejor informado y más justo.

Tema 1. El derecho a comunicarse

Derecho al acceso: El derecho a comunicarse es un Derecho Humano Fundamental. Los derechos relacionados con el acceso y uso de Internet y con la infraestructura de telecomunicaciones son igualmente fundamentales para que los/las ciudadanos/as sean escuchados. Las TIC deben estar al alcance de todos y todas. El acceso a Internet varía según el país, la región y la plataforma técnica y deberá ser modificado de acuerdo con las cambiantes necesidades de las personas y con el surgimiento de nuevas tecnologías de comunicación.

Inclusividad: El desarrollo de la infraestructura de información e interfaces para el usuario deberá garantizar el acceso de los grupos marginados como por ejemplo, trabajadores/as migrantes, personas discapacitadas, personas no totalmente alfabetizadas, minorías y todos/as quienes viven en áreas rurales o asentamientos urbanos precarios sin infraestructura básica. De la misma forma, estos esfuerzos deben promover el desarrollo de las diferentes capacidades de las personas.

Equidad entre géneros: Los esfuerzos desarrollados para garantizar el acceso deberán tener en cuenta principalmente la necesidad de proteger y fomentar la equidad entre géneros. Para lograr este objetivo, es fundamental el fortalecimiento de individuos y grupos de mujeres, de jóvenes, entre otros, mediante la facilitación de procesos de transferencia de poder económico, de acceso a la educación y a la propiedad, libertad de movilidad y asociación, así como de la libertad de expresión.

Costos asequibles: El desarrollo de infraestructura de telecomunicaciones, la determinación de sus tasas y tarifas, así como los aranceles para equipamiento y software deberán incentivar el acceso a Internet. El Estado debe garantizar acceso amplio y a bajo costo a Internet por parte de todos/as/as sus ciudadanos/as.

Impacto de desarrollo: la infraestructura de Internet deberá desarrollarse con vistas a crear sociedades más justas y a fomentar la educación, la salud, el desarrollo del comercio local, las buenas formas de gobierno y la erradicación de la pobreza.

Integración con los derechos sobre los medios de comunicación: Los marcos legales y regulatorios que rigen Internet deberán ser integrados a los marcos que rigen otras formas de comunicación para garantizar así su compatibilidad y proteger los derechos de ciudadanos/nas y organizaciones al acceso a todas las formas de tecnologías de información y comunicación.

Acceso a la información pública: El Estado y los gobiernos locales, así como las organizaciones internacionales deben garantizar que la información que producen y manejan sea de dominio público con el objetivo de hacer transparente su gestión. Así mismo, deben garantizar que la información pública sea difundida de forma comprensible a través de Internet y otros medios de comunicación, utilizando formatos abiertos y compatibles. La información debe ser accesible desde todo tipo de equipos, con diferentes tipos y velocidades de conectividad.

Derechos en el lugar de trabajo: Deberá permitirse el acceso a Internet en el lugar de trabajo con el fin de facilitar a los/las trabajadores/as su propia organización y la protección de sus derechos. Así mismo, deberá ser permitido con propósitos educacionales.

Tema 2. Libertad de expresión y de intercambio de información

El artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos expresa que: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones, investigar y recibir informaciones y opiniones, y de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión."

Libertad de expresión: Libertad de expresión: Internet es un medio destinado al intercambio, tanto público como privado, de opiniones e información. Todas las personas deberán tener la posibilidad de expresar sus opiniones e ideas y de compartir información libremente a través de Internet. El potencial de Internet para facilitar la participación pública de las personas en los procesos de gobierno (en el ámbito local, nacional e internacional) deberá aprovecharse al máximo. Por otra parte, deberán existir mecanismos en manos de los/las ciudadanos/as que les permitan oponerse públicamente a contenidos que inciten al odio y la violencia, así como a aquellos contenidos que agredan la dignidad de las mujeres, los niños y otros grupos vulnerables.

Protección contra la censura: APC se opone a todo intento de censura del debate político y social, ya sea que provenga de gobiernos que intentan sofocar las voces opositoras de sus ciudadanos/as o de poderosos intereses creados que amenazan con utilizar su poder económico y político para silenciar puntos de vista poco difundidos. Nos oponemos a la utilización de los derechos de propiedad intelectual y a la imposición de contratos con normas restrictivas, como medio de impedir la crítica a organizaciones del sector privado y a sus respectivas políticas. El derecho a la parodia deberá protegerse férreamente.

Libertad de participación en protestas públicas: Las organizaciones, comunidades e individuos deberán poder utilizar la Internet libremente para organizarse y participar en protestas públicas o políticas. Los gobiernos deben hacer públicas las direcciones de correo electrónico u otras formas de interacción vía Internet (por ej. formularios de comentarios) entre la ciudadanía y los/las representantes del gobierno, a través de los cuales los/las ciudadanos/as puedan hacer llegar sus opiniones.

Tema 3. Diversidad de contenidos, propiedad y control, protección de los derechos de los usuarios

Diversidad de contenidos: Cada vez más, el potencial de Internet de registrar y fomentar contenidos política y culturalmente diversos es contrarrestado por la comercialización de servicios de administración de contenidos en Internet. Las regulaciones sobre la posesión, el control técnico y operacional de Internet deberán fortalecer la diversidad de contenidos y restringir la presencia y poder de los monopolios, ya sea que provengan de gobiernos nacionales o del sector privado. De la misma forma, deberán estimularse procesos de capacitación sobre generación de contenido.

Multilingüismo: El desarrollo de estándares, interfaces y nuevas plataformas técnicas deberá dirigirse a la preservación y al realce de la diversidad lingüística local y regional, en los medios de comunicación audiovisuales e impresos. En la actualidad, el predominio de herramientas e interfaces electrónicas sólo compatibles con el alfabeto romano restringe la diversidad de contenidos, el desarrollo de información local y la colaboración e intercambio intercultural.

Derechos de los/las usuarios/as: Los derechos de los/las ciudadanos/as en tanto que usuarios/as de Internet deben ser protegidos. Todo/a ciudadano/a deberá poder recurrir a la justicia en caso de ser víctima de violaciones a sus derechos ya sea por parte de proveedores de servicio o de gobiernos.

Evaluación del impacto social: Evaluación del impacto social: La suposición general sostiene que toda innovación tecnológica es beneficiosa. La ciudadanía y las organizaciones sociales, los gobiernos y las agencias reguladoras deberán evaluar los avances de las tecnologías Internet en un marco que permita identificar futuros impactos, positivos o negativos.

Tema 4. Otorgamiento de licencias y control de la propiedad intelectual

Software propietario y propiedad intelectual: Las políticas y regulaciones que rigen el acceso público y la difusión de la información pública no deberán presentar el uso de sistemas y software propietario como la única alternativa posible. Aquellos gobiernos que utilizan software propietario para difundir información o con fines educativos, instan a los demás a comprar licencias o a violar las leyes de propiedad intelectual. Esto tiene un efecto negativo sobre el aprendizaje y la innovación en el ámbito local y enriquece a organizaciones del sector privado -que frecuentemente se encuentran en los países desarrollados. APC insta a utilizar software libre y de fuente abierta. Adoptar opciones de fuente abierta implica potenciar, permite capacitar, fomenta la innovación en el ámbito local y proporciona opciones de sostenibilidad.

Estándares técnicos: El desarrollo de estándares técnicos no deberá perjudicar ni excluir a ningún sector de la sociedad en su acceso a Internet, como por ejemplo, comunidades que no utilizan el alfabeto romano o que no disponen de fondos para renovación de computadoras y actualización de software.

Tema 5. Privacidad

Protección de la información: Los organismos públicos o privados que requieran información sobre las personas, deberán recopilar solo los datos mínimos necesarios que permitan cumplir los fines para los que se requiere originalmente dicha información. Esta no deberá ser divulgada sin autorización. Deberán definirse políticas sobre cómo, y bajo qué circunstancias puede obtenerse autorización para divulgarla. Deberá rectificarse en el menor tiempo posible en caso de error. Los/las ciudadanos/as deberán ser alertados/as sobre la capacidad que tienen las nuevas tecnologías de procesar la información que entregan para prevenir el uso equivocado de su propia información o con fines diferentes a los originalmente planteados.

Protección la ante vigilancia: Todo/a ciudadano/a e institución deberá tener la posibilidad de comunicarse vía Internet sin amenaza de vigilancia o interceptación.

Derecho a la utilización de encriptación: Todos/as/as aquellos/as que se comunican vía Internet deberán tener derecho a utilizar técnicas tales como la encriptación que garantizan una comunicación segura.

Acceso a la protesta pública: Todo grupo que vea su privacidad y seguridad amenazada por determinados contenidos en Internet, deberá tener acceso a mecanismos que le permita llevar adelante acciones contra los productores y editores de tales contenidos.

Tema 6. Gobierno de Internet: internacional, regional y nacional

Elaboración e implementación de estándares técnicos: El desarrollo e implementación de estándares relacionados con el control y operación de Internet dan una importancia desmesurada a las influencias del mercado. Las regulaciones que permitan o fomentan la restricción de las libertades personales deberán ser revisadas de manera transparente.

Acceso y transparencia: Todo proceso de toma de decisiones relacionado con la gobernabilidad y el desarrollo de Internet deberá ser abierto y accesible a todos/as, en el ámbito internacional, regional y nacional.

Participación: El gobierno de Internet y los organismos que establecen sus estándares técnicos de utilización deberán estar abiertos a la participación y supervisión de todos/as/as los /las interesados/as, especialmente de aquellos/as que representan a los sectores no comerciales.

Tema 7. Concientización y ejercicio de los derechos en Internet

Concientización y educación sobre derechos humanos en Internet: Todo cuerpo de gobierno internacional, regional y nacional, deberá proporcionar información respecto de los derechos y de los procedimientos relacionados con las tecnologías e infraestructuras de información y comunicación. Esto implica contar con la educación pública como canal de información hacia las personasacerca de sus derechos en Internet y de los mecanismos para hacer frente a las violaciones a los derechos.

Acceso a recurso legales ante la violación de derechos: todo individuo y organización necesita tener acceso libre y gratuito a mecanismos efectivos y confiables para hacer frente a las violaciones de sus derechos. En este sentido, se procurará el uso de sistemas de garantía nacionales, regionales y universales de los derechos humanos.

Producido por la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones, junio de 2002.

 


Este documento foi veiculado no "Monitor de Políticas de Internet en América Latina y El Caribe", da APC, do mês de outubro.





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